Emilio Spósito Contreras.-
Como propuso José Ortega y Gasset (1883-1955), la Edad Media puede entenderse como la repartición entre germánicos y árabes del antiguo Imperio no conservado por los romanos de Constantinopla. Tras el derrumbe de Roma en Occidente, a cada margen del Mediterráneo: septentrional y meridional, irrumpieron en la Historia los pueblos hasta entonces marginados.
La confrontación entre cristianos y musulmanes y la recepción de la Antigí¼edad, constituyeron los temas principales de ese largo período. Ello es especialmente importante para nosotros, porque fue en España donde confluyeron y se amalgamaron todos estos elementos antes de trasplantarse al Nuevo Mundo y dar inicio a la Modernidad.
Durante el siglo V, sucesivas oleadas de alanos, vándalos, suevos y visigodos, se establecieron en Hispania y se cristianizaron. El Reino visigodo de Toledo se mantuvo por 200 años, hasta la conquista musulmana sellada en la batalla de Guadalete, en 711. Desde entonces y por un período de cerca de 800 años, hubo presencia árabe directa en España.
Caracterizados por su refinamiento y cierta tolerancia, los califas de Córdoba y los diversos emires de los reinos taifas, conservaron poblaciones judías y cristianas. A estas últimas, llamadas mozárabes o arabizados, se les aplicó el Liber iudiciorum (circa 654) promulgado por el rey visigodo Recesvinto (muerto en 672).
Como contrapartida, en la medida que los reyes cristianos reconquistaron la península y con capitulaciones como las de Toledo, Tortosa, Tudela o Zaragoza, tuvieron súbditos musulmanes o mudéjares, se les permitió a los vencidos ser juzgados, según sus propias normas, reunidas en textos aljamiados de alfaquís anónimos, denominados Leyes de moros.
De uno de estos textos se conservó una copia del original del siglo XIV, realizada en 1794 por Manuel Abella (1763-1817). La copia a su vez fue publicada por la Real Academia de la Historia en Memorial Histórico Español: Colección de documentos, opúsculos y antigí¼edades, tomo V, datado en Madrid, en el año 1853.
Omitida toda norma religiosa, las Leyes de moros constituyeron una especie de “código civil”. De influencia jurídica malequí, específicamente de al Trafi, estudio del reputado jurista iraquí Ibn Al-Gallab (circa siglo X), y con rasgos que le acercan al Derecho de los romanos, el texto trata sobre todo de contratos y sucesiones.
Los principales contratos son el casamiento o matrimonio, con una interesante referencia a la ausencia (títulos XCIII, XCIV y XCV de las Leyes de moros); la venta, haciendo expresa mención de la venta a plazos (título XCVII) o de la nulidad del contrato por engaño –dolo– (título CXXXV); el alquiler y, en especial, la aparcería (título CLI y siguientes).
Sobre el matrimonio, el título LVIII establece que es haram –prohibido– para el marido, la mujer a la cual ha dejado tres veces, quedando libre para casarse con otro. En este caso, evocamos la trinoctii –ausencia de la mujer durante tres noches consecutivas cada año, que impedía la adquisición de la manus por uso del marido– prevista por la Ley de las XII Tablas romanas. Si no existe vinculación directa entre una institución y otra, seguramente podría encontrase algún antecedente común.
Se mencionan también obligaciones derivadas del delito, como el “derecho a demandar la sangre” o el daño por la muerte de un pariente (título CLV y ss.). En sintonía con ello, se regulan las pruebas en general, así como el testimonio (título CLXXXIII y ss.) y el juramento (título CXCVI y CXCVII) en particular.
Entre otras muchas instituciones, existen normas sobre los juicios (título CXCIX y ss.), la tenencia –posesión– (título CCXXXVIII y ss.), la donación (título CCLIII y ss.), la herencia (título CCLXXVI y ss.) y la dote (título CCCVIII). Resulta interesante la disposición que ordena llamar tres veces –silbando– antes de entrar en casa ajena (título CCCVII).
Aunque sutilmente, en el Nuevo Mundo pueden identificarse rasgos de la cultura mudéjar en muchas cosas: la arquitectura, la gastronomía, la música, los usos, las costumbres y, por supuesto, el Derecho. Conocerlos y rastrearlos hasta nosotros, resulta una tarea tan estimulante como necesaria para comprender lo que somos.
Emilio Spósito Contreras.-