La Gaceta Oficial constituye el primer obstáculo para la Ley de Amnistí­a

Guaido Amnistía

Roxgeilys Achique.-

Este viernes la Asamblea Nacional publicó la Ley de Amnistí­a y Garantí­as Constitucionales para los militares y civiles que colaboren o hayan colaborado con la restitución del orden constitucional, con lo cual pretende generar adhesiones que compliquen la continuidad de la cúpula gubernamental.

Sin embargo, uno de los primeros escollos que debe atravesar esta ley son los preceptos establecidos tanto en la Constitución Nacional como en el Código Civil de Venezuela, que dictan el momento exacto en que el texto adquiere el carácter de ley: su publicación en la Gaceta Oficial.

La orden de ejecútese y publicación la emana el Ejecutivo Nacional, en manos actualmente de Nicolás Maduro. De hecho, las leyes y promulgaciones salidas de la Asamblea Nacional desde el 2016 no han sido publicadas como dicta la legislación nacional, ante el bloqueo impuesto por el Tribunal Supremo de Justicia, quien dictaminó que el Parlamento se encontraba en desacato.

Ante esta realidad, la Ley de Amnistí­a en su artí­culo 6 señala: “Dada la imposibilidad de acceder a la Gaceta Oficial debido al régimen de facto que impera en Venezuela, la presente ley será publicada en los medios de divulgación que a tales efectos determine la Asamblea Nacional”.

El Código Civil de Venezuela en su artí­culo 1 establece que “la Ley es obligatoria desde su publicación en la Gaceta Oficial o desde la fecha a posterior que ella misma indique”. El siguiente artí­culo afirma que la ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento.

La Constitución Nacional, en su artí­culo 215 dicta: “…La Ley quedará promulgada al publicarse con el correspondiente «Cúmplase» en la Gaceta Oficial de la República”.

En medio de este contexto, los representantes de la Asamblea Nacional no contarán con la certeza legal de la publicación de esta ley. Por tanto, ¿podrí­a ser considerado un eximente para el cumplimiento formal de la creación de la Ley la situación crí­tica que vive el paí­s?

Desde el punto de vista formal no, en consecuencia, podrí­a impugnarse la validez de este texto. Pero al considerarse la delicada situación, institucionalmente hablando, podrí­a decirse que sí­ y que incluso el deber ciudadano de defender la República y reestablecerla prela sobre dicha normativa al tener rango constitucional.

La amnistí­a es la eliminación de la responsabilidad penal de un delito, como recuerda el referido texto al señalar: “Consiste en excluir un hecho delictivo o una infracción de lo jurí­dicamente relevante, impidiendo al Poder Judicial, Administrativo y al Poder Público en general, intervenir y aplicar el derecho que los sanciona, extinguiendo todos los efectos de las investigaciones, procesos, procedimientos, penas y sanciones o cualquier otro efecto jurí­dico que se haya materializado como consecuencia o en relación a situaciones determinadas de especial trascendencia, con la finalidad de restablecer la paz social y democrática y la concordia nacional”.

Es decir, que si se te concede la Amnistí­a se te perdonan las imputaciones en tu contra. La Amnistí­a “opera para todas las personas que pudieran haber sido sujetas a denuncias, acusaciones o que de oficio hayan sido investigadas, imputadas, acusados sujetas a procedimientos o a procesos de cualquier tenor, o sancionadas, a consecuencia de los mismos”.

Contexto sobre el cual se dicta la ley: Viene caracterizado por los hechos ocurridos en Venezuela a partir del 10 de enero de 2019, cuando se profundizó la ruptura del orden constitucional.

Ratio Legis o Razón Legal de la norma (el por qué existe): Todo deriva de la ausencia de una ocupación legí­tima en el cargo presidencial. Quedando así­ nulos todos los actos cometidos por este. Base legal artí­culo 138 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Esta Ley lo que busca es hacer justicia y corregir actos arbitrarios del antiguo Ejecutivo Nacional.

La última amnistí­a otorgada en el paí­s la dio el expresidente Hugo Chávez, el 31 de diciembre de 2007, al perdonar los delitos de las personas imputadas por el golpe de Estado en su contra, perpetrado el 11 de abril de 2002, y por el paro petrolero, con la cual resultaron beneficiadas decenas de personas.

*Roxgeilys Achique es estudiante de la Universidad Monteávila

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