Historias del futuro | Derecho común a todos los animales (humanos y no humanos)

Emilio Spósito Contreras.-

Los animales nos conmueven, no son simples objetos. Foto: Carolina Sánchez

En la República (III, 18-19), Cicerón atribuye a los griegos Pitágoras y Empédocles, el considerar a todos los seres animados –de allí­ la expresión “animal”– de una misma naturaleza jurí­dica, por lo que reclaman penas imperdonables para quienes hicieran daño a un animal humano o no humano. Filosofí­a que debió resultar muy coherente para un pueblo que en su mito de origen destaca “mamá loba” criando a los fundadores expósitos de Roma.

De allí­ que Ulpiano, referido en el Digesto, resalte la existencia del Derecho natural, común a todos los animales, incluido el hombre, junto al Derecho de gentes, común a todos los hombres, y al Derecho civil, propio de cada ciudad. Así­, por ejemplo, la crianza de la prole es de Derecho natural; la esclavitud es institución –contra naturam– propia del Derecho de gentes; y la patria potestad es tí­pica del Derecho civil romano.

Conforme a la Biologí­a, el hombre y el resto de los animales son sujetos de las mismas reglas y conforme a los tradicionales postulados de la ley natural, más allá del simple derecho al bienestar, la generalidad de los animales, en cuanto seres vivos, tienen derecho a vivir, evolucionar, reproducirse, criar su prole, así­ como vivir socialmente. Sobre este último derecho, es de resaltar la comunidad entre el Homo sapiens y el Canis lupus familiaris (relación de subordinación en una manada) y el Felis catus (relación de coordinación.

En este punto Rousseau, en su Discurso sobre el origen de la desigualdad entre los hombres, habla de “principios anteriores a la razón”: el amour en soi y la piété; y, salvando las distancias, Nussbaum menciona las capacidades: vida; salud fí­sica; integridad fí­sica; sentidos, imaginación y pensamiento; emociones; razón práctica; afiliación; otras especies; juego; y, control sobre el entorno propio.

El darnos cuenta de la situación del hombre en el mundo, como un animal más, necesitado y sometido a la naturaleza, nos permite replantearnos distintos ámbitos de nuestra vida: la religión, la moral o el Derecho. Los animales nos conmueven, no son simples objetos. Los animales humanos y no humanos viven en comunidad, pero eso no hace personas, ciudadanos, a los últimos. Afirmar lo contrario equivaldrí­a a humanizarlos. Confundimos la organización polí­tica, propia del animal polí­tico (ζῷον Ï€oλίτικoν), con el cosmos (κόσμος: sistema ordenado o armonioso).

Nuestro sistema jurí­dico nos ofrece concepciones como la del Derecho natural, útil en nuestro tiempo tanto para resolver el problema de la relación entre humanos y el resto de los animales, como para replantearnos problemas como la depredación del entorno, la guerra, la experimentación cientí­fica o el aborto.

Con base en el Derecho natural y una nueva concepción del hombre en el contexto de la naturaleza, queremos afirmar que los animales al menos tenemos derecho a vivir, procrear, criar, evolucionar y vivir en armoní­a. Y conforme a ello, queremos conducirnos en nuestra relación con los animales, aun desde el Derecho positivo.

* Emilio Spósito Contreras es profesor de la Universidad Monteávila.

* Carolina Sánchez es estudiante de Comunicación Social de la Universidad Monteávila.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Pluma