Roxgeilys Achique.-
El nuevo Tribunal Supremo de Justicia venezolano fue juramentado ante la Asamblea Nacional el 21 de julio del 2017, en sustitución de los miembros anteriores que se estiman ilegítimos por considerar que fueron nombrados por la anterior Asamblea Nacional de forma irregular. Estos magistrados son los que ahora propician un antejuicio de mérito contra Nicolás Maduro y piden su detención a Interpol.
Posterior al nombramiento por la AN los magistrados del llamado TSJ “legítimo” fueron obligados a abandonar el país o buscar refugio en las embajadas, ya que se les perseguía para encarcelarles alegando usurpación de funciones, acciones que carecerían de fundamento si se verifica que este tribunal fue legalmente constituido por las dos terceras partes del Poder Legislativo.
El 13 de octubre del 2017 el TSJ legítimo se instaló en la sede de la Organización de Estados Americanos (OEA) en donde se juramentó e inició su año judicial. Recientemente decidió establecer un proceso legal para enjuiciar al presidente de la República Nicolás Maduro por corrupción, debido a sus vínculos con el caso Odebrecht.
En la audiencia de antejuicio de mérito, celebrada el 9 de abril del 2018, se determinó que hay suficientes pruebas para procesar al Jefe de Estado y pedir la autorización correspondiente a la Asamblea Nacional, tal y como lo indica el artículo 266 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para continuar con el procedimiento.
“Son atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia: 1. Ejercer la jurisdicción constitucional conforme al Título VIII de esta Constitución. 2. Declarar si hay o no mérito para el enjuiciamiento del presidente o presidenta de la República o quien haga sus veces y, en caso afirmativo, continuar conociendo de la causa previa autorización de la Asamblea Nacional, hasta sentencia definitiva.”
A juicio de estos magistrados y de ciertos sectores de la sociedad, este tribunal goza de total legitimidad y plena jurisdicción, por lo que está facultado para actuar dentro del campo judicial, juzgar y aplicar las leyes, así como lo estarían si su sede física estuviese en Venezuela.
Sin embargo, para las autoridades nacionales esto es falso y estas personas estarían incurriendo en delitos, tal como lo señaló el fiscal general nombrado por la Asamblea Nacional Constituyente, Tarek William Saab, y Maikel Moreno, presidente del Tribunal Supremo de Justicia, que opera en Venezuela.
Saab pidió que fuesen procesados por incurrir en la comisión de los delitos de traición a la patria y conspiración contra la forma política. A su parecer, con sus actuaciones “ridiculizan y humillan el derecho”. “¿Quién dijo que puede haber un TSJ ambulante, que un día instalas en un país y después en otro?”, se preguntó.
La pregunta que se hacen muchas personas en torno a estas decisiones sobre las actuaciones del llamado TSJ legítimo es cómo se procede para acatar estas sentencias y justo en este punto es done radica el problema. Para algunos son acciones que cosecharán frutos en el futuro, como señaló Cecilia Sosa, expresidenta de la Corte Suprema de Justicia, a medios esta semana.
“Tiene una transcendencia internacional muy importante porque se le da un reconocimiento a la legitimidad de la instancia judicial, a sus integrantes que además fueron designados por un órgano legítimo como lo es la Asamblea Nacional, en consecuencia hay un reconocimiento importante de uno de los poderes públicos de Colombia y eso tiene peso”
Sin embargo, la problemática se presenta a la hora de ejecutar las decisiones dictadas por el Tribunal Supremo de Justicia como, por ejemplo, la orden de prisión preventiva de la persona que es acusada y estaría a la espera de un juicio, ya que  este tribunal no posee una sede física en su país de origen (Venezuela) o una fuerza policial nacional que actué bajo sus órdenes.
Esta semana el Tribunal Supremo de Justicia ordenó a la Organización Internacional de Policía Criminal (órgano internacional al que pertenece Venezuela) la alerta roja contra el presidente Nicolás Maduro. En este caso, los países miembros pueden pedir a la Secretaría General de Interpol que publique una notificación roja, basándose en una orden de detención nacional válida.
“Las detenciones practicadas en cualquiera de los países miembros de Interpol son efectuadas por la policía del país. La confirmación de una detención, por lo tanto, debe pedirse a las autoridades del país donde se ha practicado”, lo que significa que si Nicolás Maduro luego de publicada la alerta roja en su contra decide no salir de Venezuela queda en manos de la policía nacional su captura.
En este caso, el internacionalista Marino de Alba, indicó a través de sus redes sociales que este organismo internacional, de acuerdo con sus estatutos, solo procede contra un presidente en ejercicio si la orden es emitida por un tribunal internacional.
“El derecho internacional impide a Interpol emitir una alerta roja para concretar el arresto de cualquier Jefe de Estado. La única manera es que la orden de captura sea emitida por un tribunal internacional como la Corte Penal Internacional”, publicó.
En función de lo señalado, las actuaciones del TSJ no son en vano, ya que podrían generar un mayor apoyo de la comunidad internacional, ya que este tribunal exiliado es el que se reconoce como legítimo. Â
Sus acciones cuentan con un valor simbólico importantísimo para la memoria jurídica esto  consiste en realizar “el registro legal de un hecho histórico de rasgos dramáticos de victimización en lo social y en lo personal”, según comenta Fernando M. Fernández, abogado penalista, y profesor de la Universidad Monteávila de Derecho Penal Internacional.
Esta memoria Jurídica resulta de suma importancia para en el futuro entablar juicios contra los responsables y generar apertura a las indemnizaciones correspondientes a las personas afectadas, lo que es un paso más a la reconstrucción de la República.