Emilio Spósito Contreras.-
El 7 de octubre de 2012, Hugo Chávez Frías –supuestamente curado del cáncer– ganó las elecciones para un tercer período presidencial (2013-2019). Oficialmente, Chávez murió siendo presidente de Venezuela, el 5 de marzo de 2013. Un mes después, el 14 de abril de 2013, Nicolás Maduro Moros –ungido por Chávez– fue electo presidente de la República con 50,61% de los votos, apenas un 1,49% más que su principal competidor, Henrique Capriles Radonski.
En diciembre de 2013, entre muchas otras medidas proteccionistas, el gobierno obligó a la cadena de tiendas Daka a vender su stock de electrodomésticos “a precio de costo”. Como resultado, Daka y muchas otras empresas se declararon en quiebra. Comenzó la denominada –por el gobierno– “guerra económica”.
En las elecciones legislativas del 6 de diciembre de 2015, la oposición al gobierno de Nicolás Maduro obtuvo 112 de 167 escaños, es decir, el 67% de la representación popular. Empezó a resultar evidente el descontento popular con el gobierno nacional.
Antes de que asumieran sus curules, la Asamblea Nacional saliente –de mayoría oficialista– nombró irregularmente a nuevos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, garantizándose el control político del Poder Judicial.
Basándose en denuncias de supuesta compra de votos en circunscripciones indígenas, el renovado Tribunal Supremo de Justicia desconoció parcialmente los resultados electorales –como suele ocurrir en estos casos–, bloqueando desde entonces la actuación de la Asamblea Nacional.
En torno a la mitad del período presidencial de Maduro, la oposición promovió la realización de un referendo revocatorio del mandato, figura novedosa en nuestro constitucionalismo, introducida por primera vez en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dicha iniciativa fue frustrada por la connivencia de los órganos de los Poderes Electoral y Judicial. Paralelamente, mediante un decreto de emergencia económica, el gobierno además de restringir los derechos económicos, se eximió del control legislativo en materias tan sensibles como los contratos de interés público y la constitución de empresas mixtas.
Es relevante la colaboración de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en el asedio de la Asamblea Nacional. Un hito en esta política fue la sentencia número 156 del 29 de marzo de 2017, por la cual la sala pretendió asumir las competencias de la Asamblea Nacional.
En enero de 2017, Donald Trump fue investido como presidente de los Estados Unidos de Norteamérica.
En abril de 2017, se escenificaron protestas antigubernamentales en todo el país. Como respuesta, Maduro activó el denominado “Plan Zamora”. Oficialmente se habla de 127 muertos. El desempleo y la inflación se calculaban en 25% y 500%, respectivamente.
En mayo de 2017, Maduro convocó una Asamblea Nacional Constituyente sin la realización de un referendo popular y bajo unas bases comiciales que, además de representantes del pueblo distribuidos territorialmente, contemplaron representantes de distintos sectores de la población (estamentos o corporaciones). En la práctica, se excluyó la posibilidad de que los partidos políticos de oposición postularan candidatos.
Desde su instalación el 4 de agosto de 2017, la Asamblea Nacional Constituyente    –en su totalidad afecta al oficialismo– suplantó a la Asamblea Nacional, dictando “leyes constitucionales”, designando al Defensor del Pueblo y al Fiscal General de la República, ratificando embajadores, aprobando el presupuesto anual, etcetera.
El 24 de agosto de 2017, Donald Trump, presidente de los Estados Unidos de Norteamérica, emitió la Executive Order 13.808, con la cual se restringió a las personas de ese país, la contratación con Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA), así como con bonos emitidos por la República y por dicha empresa, los cuales se dejaron de pagar a partir octubre de 2017.
Ante la agudización del descontento y los eventuales movimientos conspirativos para derrocar al gobierno de Maduro, las fuerzas de seguridad del Estado intensificaron sus acciones presumiblemente violatorias de los derechos humanos: detenciones arbitrarias, torturas y ejecuciones extrajudiciales (emblemáticas, las muertes de Oscar Pérez y Fernando Albán.
El 26 de septiembre de 2018, los gobiernos de Argentina, Canadá, Chile, Colombia, Paraguay y Perú, solicitaron a la fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) que investigue los supuestos crímenes de lesa humanidad y abusos a los derechos humanos cometidos por el gobierno de Nicolás Maduro. En 2018, el índice de violencia del país fue de 81,4 homicidios por cada 100.000 habitantes, el mayor de América Latina.
En una elección presidencial convocada por la Asamblea Nacional Constituyente, con la exclusión de los principales líderes de la oposición, con serios cuestionamientos de transparencia (como la compra de votos a través de la entrega de comida o pagos con el “Carnet de la Patria”), el desconocimiento internacional y una abstención del 68%, el 20 de mayo de 2018 Maduro pretendió reelegirse para el período 2019-2025.
Un dato sobre la crisis humanitaria la refiere el aumento al 65,8% del número de mujeres fallecidas durante el parto (entre 2015 y 2016). A pesar de ser negado por el gobierno nacional, en 2018 se calculó una inflación récord de 1.698.488%. En total, los emigrados se calculan en unos 4.000.000 de personas.
El 10 de enero de 2019, contra la opinión pública nacional e internacional Maduro se juramentó para un nuevo período ante el pleno del Tribunal Supremo de Justicia. El 15 de enero la Asamblea Nacional declaró la usurpación de Maduro. En el marco de grandes manifestaciones de apoyo en todo el país, el presidente de la Asamblea Nacional Juan Guaidó Márquez se juramentó como presidente interino de la República Bolivariana de Venezuela.
Un juicio acertado sobre el referido período 2013-2019 es el emitido por el economista Francisco Rodríguez Caballero: el de Maduro ha sido el “…peor gobierno de nuestro país” (https://twitter.com/frrodriguezc/status/972796440727650304).
*Emilio Spósito Contreras es profesor de la Universidad Monteávila