El derecho del sentido común

historias del futuro

Emilio Spósito Contreras.-

historias del futuro

Cuando el afán de cambio, o la falta de éste, se vuelve locura que parece trastocarlo todo, nada o nadie se encuentra seguro. Sin embargo, esa sensación de inestabilidad generalizada no es nueva, ya ha ocurrido en otras oportunidades.

En los primeros años de la Revolución Rusa, por ejemplo, los Códigos de 1918 y 1926 “liberalizaron” la familia con el establecimiento de un registro declarativo de matrimonios, la supresión del deber de fidelidad conyugal, el divorcio unilateral, la paternidad electiva o colectiva, la eliminación de la adopción, la legalización del aborto, la crianza estatal, etc.

No obstante, a partir de 1935, volvió a legislarse en favor de la familia tradicional. En otra oportunidad también nos referimos a los iconoclastas y a los “ironsides” (vid. https://uma.edu.ve/periodico/2020/07/24/mas-que-mil-palabras/).

Como en esos casos, la historia nos enseña que después de cada revolución y cada tiraní­a –usualmente costosa en vidas y bienes–, la situación se retrotrae a cauces “normales”, “corrientes”. A lo que cabe preguntar, según la historia, ¿cuál es el criterio para fijar dicha normalidad? Los pensadores suelen referirse a él como: “sentido común”.

Entre ellos, encontramos autores tan variados como el conde de Shaftesbury (1671-1713), Voltaire (1694-1778), Tomás Reid (1710-1796), Tomás Paine (1737-1809), Jorge Guillermo Federico Hegel (1770-1831) o Antonio Gramsci (1891-1937). Monseñor Antonio Livi (1938-2020), por ejemplo, remontándose al pensamiento de Aristóteles (384-322 a.C.), desarrolló toda una escuela filosófica denominada precisamente del sentido común.

Grosso modo, el sentido común es el criterio personal y racional, contrario al desenfreno de la masa y de los instintos, que sirve de guí­a para el actuar y, por lo tanto, resulta fundamental para la ética, la moral y el derecho.

En el derecho –ciencia acendrada durante decenas de siglos– y sus instituciones más aquilatadas, encontramos importantes muestras de sentido común: castigar al homicida para proteger la vida o reprimir al falsario para favorecer la confianza, son claros ejemplos.

Tales principios suelen contenerse en las normas de los distintos ordenamientos jurí­dicos y, más allá de ellos y sus particularidades,constituyen buena parte de lo que los juristas llaman “derecho natural”. Los dichos, las máximas o los aforismos, suelen ser expresión del sentido común (vid.https://uma.edu.ve/periodico/2019/11/14/disticha-catonis/).

Son muchos los que han visto en el sentido común una especie de lí­mite o indicación del cauce de la vida social. Sin embargo, no debe confundirse lí­mite con barrera, ni desdeñar los riesgos de la violación del derecho natural por aquellos que precisamente están llamados a respetarlo y protegerlo.

Sobre ello, el profesor de Derecho Romano de la Universidad de Navarra, ílvaro D’Ors (1915-2004), en su obra: Derecho y sentido común: Siete lecciones de derecho natural como lí­mite del derecho positivo (Civitas. 3ª edición. Madrid, 2001, 192 pp.), remontándose al jurista Graciano (circa siglos XI y XII) –autor del famoso Decreto o Concordia de los cánones discordantes (circa 1142)–, se refiere al sentido común como: “(…) la filosofí­a práctica de los juristas. Y el sentido común no se determina por estadí­sticas plebiscitarias, sino por una simplicidad de razón individual de cada uno: no es el sentir de las multitudes, sino el de cada hombre no-demente con el que nos podemos encarar a solas” (p. 29).

En su obra, el barcelonés nos habla con la claridad de un maestro de temas jurí­dicos tan fundamentales como la verdad, la familia y el matrimonio, la persona, el patrimonio, la potestad y el servicio.

La lucha contra los “negacionistas”, las justas reivindicaciones de las mujeres, las minorí­as raciales, los ambientalistas, los migrantes, entre otros, no deben ser monopolizados por extremistas, fundamentalistas o servir de excusa para tergiversar su origen y atentar contra el derecho natural.

Nuevamente D’Ors, en su obra advierte: “Cuando los hombres se atreven insensatamente a infringirlo [el derecho natural], la necesidad natural acaba por superar tal artificio; porque lo «natural», aunque lo queramos olvidar, está siempre en nosotros, y acaba por imponerse en la vida humana” (p. 32).

En la actualidad, estos tópicos se encuentran desbordados y aunque es cuestión de tiempo para que vuelvan a sus cauces, la apelación al sentido común y la formación de una opinión bien informada, podrán ayudar a que ello esté cada vez más al alcance de nuestras manos.

*Emilio Spósito Contreras es profesor de la Universidad Monteávila

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