Fernando Vizcaya Carrillo.-
Así, al plantear aspectos educativos como la deliberación, o la capacidad de interpretar, que son campos eminentemente de una enseñanza intencional y que mencioné en el último artículo, concebir la educación como un proceso capaz de ser comprobado científicamente, tanto en el objeto como en el sujeto y en el proceso mismo, nos da un impulso de investigar con ánimo de ampliar un concepto deweyano que define a la democracia más como “un estilo o forma de vida con un método pedagógico” (Democracia y Educación), que estrictamente como un sistema de actividad específica política.
El tema tiene implicaciones epistemológicas puesto que toca de una manera concreta la necesidad de revisión profunda, en sus estructuras ontológicas, las disposiciones del hombre en cuanto ser social y por lo tanto necesitado de una acción prescriptiva, normativa, de relación con los demás. Esto en las primeras de cambio lo podríamos definir como la búsqueda y establecimiento —por comprobación sistemática— de ciertas acciones que conviene se repitan en el actuar diario de esa comunidad. Estos hábitos se convierten en costumbres de acciones económicas, educativas y de vida ordinaria, —de vida política— en general y que ellos sean capaces de transmitirse a otras generaciones.
Es evidente que estas actividades humanas deben tener un fundamento suficientemente sólido en lo racional y ser suficientemente razonables para que subsistan, es decir, para ser no unas estructuras de superficie, comprobables sólo empíricamente, sino que resistan una visión crítica de estructura profunda, porque se radican en la naturaleza de la persona. “La idea directriz (de una teoría de la Justicia) es que los principios de la justicia para la estructura básica de la sociedad, son el acuerdo original. Son los principios que las personas libres y racionales interesadas en promover sus propios intereses aceptarían en una porción inicial de igualdad como definitorios de los términos fundamentales de su asociación» (Rawls, J; 1985:28).
En realidad estamos hablando de hábitos que constituirían la naturaleza de una sociedad que principia su vida de acuerdo con una base que podríamos llamar epistémica; donde los acuerdos sociales no están sujetos a unas circunstancias que circunscriben la acción y la determinan temporalmente, sino que “viven” en la naturaleza propia de cada persona de ese entorno. Se ha definido esta base social como justicia y sabemos que ésta tiene niveles que parecen estar de acuerdo al grado de civilización o racionalidad (entre otras cosas) de un ciudad o de un enclave social.
”Considerada como una entidad efectiva del mundo real, la democracia ha sido concebida como un conjunto particular de instituciones y de prácticas políticas, un cierto cuerpo de doctrinas jurídicas, un orden económico y social, un sistema que asegura el logro de ciertos resultados deseables o un proceso singular para la adopción de decisiones colectivas obligatorias” (Dahl, R.;1991:14). La Justicia parecería ser definitivamente la base más sólida de un sistema que pretende a la democracia como forma de vida. El problema que se plantea, llegados a este punto, es si es un hábito, o un conocimiento o algo que está en la naturaleza de las personas, es decir, algo que se posee de nacimiento. Cada una de estas posibilidades plantea un problema diferente en lo que a educación se refiere, entendida como formadora y transmisora de ese estilo de gobierno.
*Fernando Vizcaya es Decano de la Facultad de Educación de la Universidad Monteávila