Reflexiones antropológicas para educar y VIII

Reflexiones Universitarias

Fernando Vizcaya Carrillo.-

Reflexiones Universitarias

Al hablar de esas virtudes sencillas del ciudadano, en el anterior artí­culo, estamos hablando de compromiso polí­tico: ¿Cuáles son las vinculaciones que obligan ontológicamente a un ciudadano?

Los compromisos resultan de la concientización de los ví­nculos que sostienen a una persona o a una comunidad. Así­, se habla del compromiso de una persona con otra sin que haya de por medio un contrato de partes, que obligue de manera legal a un acuerdo. Es evidente que estamos hablando de los compromisos que podrí­amos definir como compromisos morales, que provienen de un reconocimiento de otra persona por algún favor, que de alguna manera obliga. Los compromisos morales son por otra parte, los más fuertes en las relaciones que posee el ser humano. No solo radican en el ámbito afectivo (que cuenta mucho) sino también en el racional.

El término compromiso polí­tico se refiere a una obligación que pesa sobre un ciudadano por ser habitante de una  ciudad y formar parte de una comunidad. Allí­ vive y se educa, forma sus hábitos de todo tipo y participa de tradiciones que suelen ser comunitarias y que a la vez identifican o hacen especí­fica a una comunidad.

Este compromiso, no solo obliga de manera “legal” a un comportamiento, sino que supone unos deberes ciudadanos. Estos deberes están anclados en una naturaleza social, la cual surge de los intereses creados por esa misma comunidad y que si hay real participación ciudadana el compromiso viene como consecuencia de esa real participación en la vida de la comunidad. Es decir, hay una normatividad en la conducta, que es guiada por un compromiso y supone una madurez ciudadana.

Escribió Tocqueville algunas lí­neas sobre esto: “Concibo una sociedad en la que todos, contemplando la ley como obra suya, la amen y se sometan a ella sin esfuerzo; en la que la autoridad del gobierno sea respetada como necesaria y no como divina; mientras el respeto que se tributa al jefe de Estado no es hijo de la pasión, sino de un sentimiento razonado y tranquilo (Tocqueville, A;1973:36)

El término compromiso polí­tico se refiere a una obligación que pesa sobre un ciudadano por ser habitante de una  ciudad y formar parte de una comunidad.

 Los requisitos sociales: ¿Qué significan los requisitos sociales y de donde se emanan? Para poder pertenecer a una sociedad en especial, se requiere de un cierto tipo de condiciones, que podemos separar en dos grandes grupos: las naturales y  las convencionales.Las condiciones naturales están basadas en la inevitabilidad del nacimiento en un sitio y en un momento de la historia. Eso solo hace que se pertenezca a un paí­s, a un condado o a una región determinada.

Los hombres pueden enorgullecerse de haber nacido en un sitio, aunque esto no tiene nada que ver con esfuerzos propios. Las ciudadaní­as en muchos casos se definen por haber nacido dentro de los lí­mites geográficos de una nación y ello les da derechos que no tiene otra persona, aunque tenga muchos más méritos que esta otra.

Esta condición de ciudadano no se puede perder. El nacimiento y las costumbres que están sometidas a ese destino del nacimiento son, como decí­amos en párrafo anterior, inevitables. El concepto de ciudadano en este sentido se apoya en una concepción que supera la antropológica, es una concepción social, que está determinada no sólo por su ontologí­a sino por su cultura, por lo que está alrededor de él y su circunstancia personal. No nos remitimos aquí­ al fenómeno sino al noúmeno kantiano, algo que supera lo simplemente material.

A tal efecto, comenta Maritain: “A nuestra pregunta, ¿qué es el hombre?, podemos pues dar como respuesta la idea griega, la judí­a  y cristiana del hombre: el hombre es un animal dotado de razón cuya suprema dignidad está en la inteligencia; el hombre es un individuo libre en relación personal con Dios y cuya suprema “justicia” o rectitud consiste en obedecer voluntariamente a la ley de Dios: el hombre es una criatura pecadora y herida, llamada a la vida divina y a la libertad de la gracia, y cuya suprema perfección consiste en el amor” (Maritain, J.;1947:18)

Las condiciones convencionales son producto de la deliberación y acuerdo sobre requisitos para pertenecer a una sociedad determinada. Caemos dentro de lo sistemático jurí­dico, es decir dentro de la legalidad. Las condiciones de ciudadaní­a estriban en último término en el cumplimiento de unos deberes y el ejercicio de unos derechos que hacen a una persona ciudadano de un paí­s, o perteneciente a un clan o a una tribu. Las convenciones para estos fines buscan un bien común y seleccionan (por este motivo) a los que se quiere que sean integrantes de esa comunidad.

En este caso, la ciudadaní­a se puede obtener, cumpliendo los requisitos establecidos e incluso pagando monetariamente lo requerido para satisfacer unos derechos a bienes comunes de los cuales gozan los ciudadanos. También se puede perder, cuando por ejemplo se cae en transgresiones de la ley y se “sale” de la legalidad establecida para esa ciudadaní­a. Se denomina a esas personas comúnmente como antisociales y se les excluye de esa sociedad, con la pérdida de la libertad (si tienen ciudadaní­a natural) o con la deportación de esa república (si no tienen la ciudadaní­a natural por haber nacido en otro paí­s).

Lo interesante de esto es que cualquier persona puede mantenerse dentro de los cánones jurí­dicos exigidos para seguir poseyendo esa condición ciudadana y la perderí­a si se sale de esos preceptos establecidos en la constitución de ese paí­s. No pagar impuestos, por ejemplo, se considera en algunos paí­ses, un atentado grave contra el bien común y se interpreta como una autoexclusión de esa sociedad, lo cual es penado con cárcel o con la deportación, en el caso de extranjeros.

Las ciudadaní­as en muchos casos se definen por haber nacido dentro de los lí­mites geográficos de una nación y ello les da derechos que no tiene otra persona

En el plano educativo formal, el estudio crí­tico de la Historia hace conceptualmente ciudadanos, que descubren su real nacimiento y entonces pueden luchar verdaderamente contra algunos fallos o desaciertos de los sistemas actuales o en los que le corresponde vivir a cada uno. Solo de esta manera se comprenden algunos de los requisitos sociales que definen a un ciudadano determinado y también les da las armas adecuadas para luchar contra esos errores. Lo que es un verdadero crimen en el campo educativo formal, es decir, en las aulas, consiste en desfigurar la historia o hacerla tan tediosa que no haga surgir el interés de los alumnos por sus raí­ces. No digamos si se interpreta de forma mí­tica, colocando a los protagonistas de esa historia en un olimpo de dioses a los cuales se debe dar culto.

Comenta  a propósito de esto Tocqueville: “Si nos fuese posible remontarnos hasta los elementos de las sociedades, y examinar los primeros monumentos de su historia, no dudo que podrí­amos descubrir en ellos la causa primera de los prejuicios, de los hábitos, de las pasiones dominantes, de todo lo que compone en fin lo que se llama el carácter nacional. Encontrarí­amos en ellos la explicación de usos que, actualmente parecen contrarios a las costumbres imperantes; leyes que parecen en oposición con los principios reconocidos; opiniones incoherentes  que se encuentran aquí­ y allí­, como esos fragmentos de cadenas rotas  que se ven colgar aún a veces de las bóvedas de un viejo edificio” (Tocqueville,A.;1973:53)

*Fernando Vizcaya Carrillo es profesor de la Universidad Monteávila

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Pluma